UNIDAD
TEMÁTICA Nro. 3
SEXOLOGÍA
FORENSE
- Concepto de
Instinto Sexual.
- Desviaciones o
perversiones del instinto sexual.
a. Perversiones de la
forma.
b. Perversiones del
objeto.
c. Perversiones del
medio.
d. Perversiones del acto
sexual.
e. Perversiones de la
intensidad de la libido.
- Trastornos
sexuales.
a. Concepto.
b. Disfunciones Sexuales.
c. Trastornos de
identidad sexual.
·
Homosexualidad.
d. Trastornos
parafilicos.
·
Exhibicionismo.
·
Fetichismo.
·
Frotteurismo.
·
Pedofilia.
·
Masoquismo
sexual.
·
Sadismo
sexual.
·
Travestismo.
·
Voyeurismo.
·
Necrofilia.
·
Zoofilia.
·
Coprofilia.
·
Urofilia.
·
Klismafília.
- Concepto
violencia sexual.
- Tipos de ataque
sexual.
- Delitos de
carácter sexual (fundamentación jurídica).
- Violación.
- Estupro.
- Abuso
deshonesto.
- Tipología de una
violación.
- Dónde y cómo se
producen las violaciones?
- Características.
- Tipología del
violador.
- Concepto de Instinto Sexual.
Llamados también reacciones
emocionales primarias son:
Todo acto no
intelectualizado que tiende
a la satisfacción de
una necesidad natural.
Las necesidades sexuales en el hombre y en los
animales es explicado por la biología como
señala Freud: “mediante la admisión
de un INSTINTO SEXUAL por analogía con el instinto de absorción de alimentos,
esto es el hambre. En lenguaje popular falta un término que corresponda al de
HAMBRE en lo relativo a lo sexual. La ciencia usa en este sentido la palabra LIBIDO”.
De esta manera, entendemos que para Freud “instinto sexual” y “libido” son términos iguales referentes a la satisfacción del sexo. Es correcto llamar libido al impulso primario de la atracción (al fenómeno genital) y
reservar la denominación de instinto
sexual para el conjunto de los
fenómenos psíquicos suscitados por la energía perpetuadora de la especie.
- Desviaciones o perversiones del instinto
sexual.
El estudio de las desviaciones del instinto
sexual es de mucha importancia en el ámbito penal, especialmente porque, si
bien ellas no constituyen una conducta antijurídica tipificada en el Código
Penal, su exageración conlleva a la comisión de delitos. Algunas perversiones son las siguientes:
a.
Perversiones de la
forma.
Consiste en el exhibicionismo, en el onanismo
(masturbación)
b.
Perversiones del
objeto.
Tienen lugar cuando el deseo sexual se dirige
hacia un niño (pedofilia), hacia un animal (zoofilia o bestialidad), hacia un
cadáver (necrofilia) o hacia un objeto (fetichismo). La libido dirigida hacia una persona del
mismo sexo (homosexualidad), considerada clásicamente como una perversión, es,
actualmente, discutida como tal por bastantes autores.
c.
Perversiones del
medio.
Es observado en las personas que tienen
necesidad de un estímulo físico (y, en cierta manera, también psíquico) de
dolor de la pareja (sadismo) o propio (masoquismo) para experimentar el
orgasmo.
d.
Perversiones del acto
sexual.
Son anomalías del acto, entre personas de
distinto sexo, distintas de la relación clásica y considerada normal; son los
llamados equivalentes sexuales: coito bucal y coito anal. Su carácter “perverso” en relaciones entre
personas adultas, de diferente sexo y consentidas, es hoy día ampliamente
discutido.
e.
Perversiones de la
intensidad de la libido.
Sea por exceso o por defecto, son actualmente
consideradas más bien trastornos conductuales que desviaciones o perversiones
sexuales.
- Trastornos sexuales.
- Concepto.
Los trastornos sexuales son causados por una
alteración en la secuencia del proceso de la actividad sexual, en busca de una
respuesta sexual. El ciclo sexual se
divide en cuatro fases: La del deseo, la de la excitación, la del orgasmo y la
de la resolución. Los trastornos o
disfunciones estarán en cada una de estas fases o en más de una. Con frecuencia, los individuos con trastornos
sexuales padecen un alto grado de angustia que puede conllevar depresión,
ansiedad y problemas sociales.
- Disfunciones sexuales.
Las disfunciones sexuales son las alteraciones
(esencialmente inhibiciones) que se producen en cualquiera de las fases de la
respuesta sexual y que impiden o dificultan el disfrute satisfactorio de la
sexualidad (Labrador, 1994).
Las disfunciones sexuales aparecen por
diferentes causas, puede ser una alteración del deseo sexual, por cambios
psicofisiológicos, por la provocación de malestar y problemas interpersonales.
- Trastornos de identidad sexual.
Se caracterizan por una identificación intensa y
persistente con el otro sexo, acompañada de malestar persistente por el propio
sexo.
·
Homosexualidad:
Es la atracción sexual de una persona hacia otra persona de su mismo sexo. La misma solo implica una ORIENTACIÓN SEXUAL, puesto que
muchos homosexuales poseen una identidad sexual normal (por ejemplo, un
homosexual masculino se ve a sí mismo como un hombre).
- Trastornos parafílicos.
Se caracterizan por impulsos sexuales intensos y
recurrentes, actos o fantasías sexuales que suponen la presencia de objetos no
humanos o de parejas que no consienten.
Para ser considerada como parafília, debe haber intensas necesidades
sexuales del sujeto por el lapso de al menos 6 meses y fantasías sexualmente excitantes
que incluyan:
·
Exhibicionismo: Exposición de los
propios genitales a un extraño.
·
Fetichismo: Objetos no vivientes
(por ejemplo: ropa interior femenina)
·
Frotteurismo: Tocar y frotarse
contra una persona que no consiente.
·
Pedofilia: Niños o prepuberes.
·
Masoquismo sexual: El individuo siente
excitación sexual con relaciones de esclavitud o cuando se le inflinge dolor,
humillación, ser golpeado, atado.
·
Sadismo sexual: Actos en los que el
sufrimiento psicológico de una víctima es sexualmente excitante.
·
Travestismo: Vestirse con ropas
del sexo opuesto.
·
Voyeurismo: Observar a una
persona sin que ésta se de cuenta.
·
Necrofilia: Cadáveres.
·
Zoofilia: Animales.
·
Coprofilia: Heces.
·
Urofilia: Orina.
·
Klismafilia: Enemas.
- Concepto de violencia sexual.
La agresión sexual es
un acto de violencia donde la fuerza física o la intimidación son empleadas por
una persona en contra de otra, para que participe en actos sexuales a los que
no dio consentimiento.
En la agresión sexual lo que motiva al agresor
no es la obtención de una satisfacción sexual, fundamentalmente es causar
terror, humillar y ejercer control sobre la víctima.
- Tipos de ataque sexual.
Todos los tipos de agresión sexual involucran
violencia y agresión, y todos están motivados por la rabia y el deseo de poder
y de control.
Existen violaciones realizadas por un conocido,
por la pareja, la violación masculina, a personas de tercera edad o inválidas
(o personas con discapacidad), las perpetradas por un grupo o pandilla, el
abuso sexual infantil, el acoso sexual y la coacción no violenta (desde una
posición de poder o dominación).
- Delitos de carácter sexual
(fundamentación jurídica)
Establecidos en el Código Penal, Título XI,
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, en su Capítulo I – VIOLACIÓN, ESTUPRO Y
ABUSO DESHONESTO.
- Violación – Art. 308 C.P.
Quien
empleando violencia física o intimidación, tuviera acceso carnal con persona de
uno u otro sexo; penetración anal o vaginal o introdujera objetos con fines
libidinosos, incurrirá en privación de libertad de cinco (5) a quince (15)años.
El
que bajo las mismas circunstancias del párrafo anterior, aunque no mediara
violencia física o intimidación, aprovechando de la enfermedad mental, grave
perturbación de la conciencia o grave insuficiencia de la inteligencia de la
víctima, o que estuviere incapacitada por cualquier otra causa para resistir,
incurrirá en privación de libertad de quince (15) a veinte (20) años.
Es el acceso carnal,
con personas de uno u otro sexo,
SIN consentimiento de
esta, por vía anal, vaginal o por introducción
de objetos con fines
libidinosos.
Violación
de niño, niña o adolescente - Art. 308 bis C.P.
Quien
tuviera acceso carnal con persona de uno u otro sexo menor de catorce años,
penetración anal o vaginal o introdujera objetos con fines libidinosos, será sancionado con privación de libertad de quince
(15) a veinte (20) años, sin derecho a indulto, así no haya uso de la fuerza o intimidación
y se alegue consentimiento.
Quedan
exentas de esta sanción las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores
de doce años, siempre que no exista diferencia de edad mayor de tres (3) años, entre
ambos, y no se haya producido violencia ni intimidación.
Violación
en estado de inconsciencia – Art. 308 ter. C.P.
Quien
tuviera acceso carnal, penetración anal o vaginal o introdujere objetos con
fines libidinosos, a persona de uno u otro sexo, después de haberla puesto con
este fin en estado de inconsciencia, será sancionado con pena de privación de
libertad de diez (10) a quince (15) años.
- Estupro – Art. 309 C.P.
Quien,
mediante seducción o engaño, tuviera acceso carnal con persona de uno u otro sexo, mayor de catorce
(14) años y menor de dieciocho (18), será sancionado con privación de libertad
de dos (2) a seis (6) años.
Estupro es el acceso carnal con persona de
uno u otro sexo, mayor de catorce años y menor de dieciocho, mediante seducción
o engaño.
Agravación
– Art. 310 C.P.
La
pena será agravada en los casos de los delitos anteriores, con cinco años:
1) Si como producto de la violación se produjera alguna de las circunstancias previstas en los artículos 270º y 271º de este Código;
1) Si como producto de la violación se produjera alguna de las circunstancias previstas en los artículos 270º y 271º de este Código;
2)
Si se produjera un grave trauma o daño psicológico en la víctima;
3)
Si el autor fuera ascendiente, descendiente o pariente dentro del cuarto grado de
consanguinidad o segundo de afinidad;
4)
Si el autor estuviere encargado de la educación o custodia de la víctima, o si ésta
se encontrara en situación de dependencia o autoridad;
5)
Si en la ejecución del hecho hubieran concurrido dos o más personas;
6)
Si el autor utilizó armas u otros medios peligrosos susceptibles de producir la
muerte de la víctima; o,
7)
Si el autor hubiera sometido a la víctima a condiciones vejatorias o
degradantes.
Si
como consecuencia del hecho se produjere la muerte de la víctima, se aplicará
la pena correspondiente al asesinato.
- Abuso deshonesto – Art. 312 C.P.
El
que en las mismas circunstancias y por los medios señalados en los artículos
308º, 308º bis y 308º ter., realizara actos libidinosos no constitutivos de
acceso carnal, será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años.
Si la víctima fuere menor de catorce (14) años, la pena será de cinco (5) a veinte
(20) años. La pena se agravará conforme a lo previsto en el artículo 310º de
este Código.
Son los actos libidinosos, que no constituyan
acceso carnal, es decir, penetración (comprende tocamientos impúdicos, manoseo,
roce, frotamiento con el pene sobre partes del cuerpo, sin que haya
penetración. Este delito es muy difícil
de demostrar, porque no deja huellas ni marcas visibles de su consumación.
- Tipología de una violación.
- Dónde y cómo se producen las violaciones?
Generalmente se producen en:
- Las grandes
ciudades: la propia casa de la víctima.
- En las ciudades
pequeñas: en los coches.
- Por la noche:
entre las 20 y 8 de la mañana.
- En la oscuridad.
- En primavera y
verano.
- Las víctimas
mayormente son jóvenes, de 16 a 25 años.
- Mujeres
estudiantes más que amas de casa o mujeres trabajadoras.
- Solteras, que
tendrían mayor predisposición: situaciones peligrosas como viajar solas,
vivir solas, etc.)
- Características del violador.
Es difícil hablar de las características y menos
de una tipología, sin embargo, coinciden algunos aspectos como los siguientes:
- Generalmente son
varones de 16 a 30 años.
- De clase
socioeconómica baja.
- 50 % sujetos casados.
- 60 % tenían
hijos.
- 25 % había
violado con anterioridad.
- Una tercera
parte habían cometido delitos violentos previos.
- Fueron
reincidentes menos del 10 %.
- Por cada delito sexual detectado habría 5
no conocidos.
- Tipología del violador.
Hay una clasificación en tres componentes:
hostilidad, poder y sexualidad. Se
distinguen cuatro tipos básicos:
- El
violador de afirmación de poder: La motivación es
básicamente sexual, busca elevar su autoestima. Usualmente es una persona pasiva, de
pocos amigos, sin pareja sexual, poco atlética, bajo nivel académico. Puede conservar un diario de sus
asaltos.
- El
violador por venganza: La
violación es el resultado de una discusión anterior con una mujer
significativa en su vida, con el fin de dañar a su víctima. Suele estar casado, su percepción de si
mismo es de un macho atlético, con infancia difícil, es impulsivo y
violento.
- El
violador depredador: La
agresión es un acto de depredación, la violencia puede incrementarse en
las víctimas sucesivas. Experimenta
un sentido de superioridad y que el simple hecho de ser hombre le legitima
para violar. Le gusta frecuentar
bares, vestir de forma llamativa, emplea la violencia.
- El
violador sádico: Tiene
el propósito de dañar a su víctima, tanto física como psicológicamente, el
propósito es cumplir sus fantasías agresivas y sexuales. Tienen personalidades antisociales,
agresivos en su vida diaria, manifiesta problemas sexuales, suele estar
casado, posición de clase media, inteligente, planea sus asaltos, difícil
de aprehender, generalmente llega a matar a sus víctimas, se convierte
usualmente en asesino en serie, no establece tiempo entre ataques, tiene
perfil de un psicópata.
No se dicta una tipología de la personalidad del
violador, lo estudiado es en base a probabilidades modestas puesto que no se
puede elaborar predicciones adecuadas.
En materia de la conducta delincuencial, hoy por hoy, es imposible –y
tal vez lo será siempre- hacer predicciones exactas al respecto.
MEDICINA LEGAL Y CRIMINALÍSTICA TOMOS I y II del Dr. Jorge Nuñez del Arco, MEDICINA LEGAL de Michel Huerta y algunos datos extraídos del CIE10.
Muy buenoooo!!!!!!!!!!!!!!!!!!
ResponderEliminarGRACIAS!
ResponderEliminardisculpe, podria comentar la bibliografia de este tema, mil gracias
ResponderEliminarMEDICINA LEGAL Y CRIMINALÍSTICA TOMOS I y II del Dr. Jorge Nuñez del Arco, MEDICINA LEGAL de Michel Huerta y algunos datos extraídos del CIE10.
EliminarNota: La bibliografía completa usada en todos los temas del blog puede ser consultada en el siguiente enlace:
http://medicinalegalpierola.blogspot.com/2012/09/bibliografia-obligatoria-complementaria.html
muyy completo gracias de verdad
ResponderEliminarEXCELENTE, FELICIDADES Y GRACIAS
ResponderEliminarSi por favor podrían poner la bibliografia. . Gracias! !!!!
ResponderEliminargracias..!! me sirvió de mucho
ResponderEliminarGracias, buena informacion
ResponderEliminarGracias, buena información
ResponderEliminar